Supongamos que especificamos subconjuntos de un conjunto de referencia por pares, donde la primera coordenada especifica un miembro del universo del discurso, y la segunda coordenada especifica el valor que la función característica arroja para ese miembro del conjunto de referencia.
E. G., si tenemos $\{a, b\}$ como el universo del discurso, entonces tenemos subconjuntos $\{(a, 0), (b, 0)\}, \{(a, 0), (b, 1)\}, \{(a, 1), (b, 0)\}, \{(a, 1), (b, 1)\}$ donde $(x, 0)$ indica que $x$ no pertenece al conjunto, mientras que $(x, 1)$ indica que $x$ pertenece al conjunto.
Consideremos ahora el conjunto vacío comparado a través de diferentes universos de discursos, por ejemplo $\{a, b\}$ y $\{a\}$ .
Para $\{a, b\}$ tenemos $\{(a, 0), (b, 0)\}$ como el conjunto vacío bajo esta especificación, y para $\{a\}$ tenemos $\{(a, 0)\}$ como el conjunto vacío según esta especificación.
Así pues, parece que tenemos una noción relativa de conjunto vacío en este contexto, pero a menudo los libros hablan de "conjunto vacío", lo que lo sugiere como absoluto.
Entonces, ¿el concepto de conjunto vacío es absoluto o relativo?