Para cualquier función continua $f(x)$ tenemos que $$ (*) \quad \quad \lim_{x\to x_0} f(x) = f(\lim_{x\to x_0}x) = f(x_0). $$ Debido a esto, siempre he creído que por la continuidad de la norma de la función, para una secuencia de funciones de $f_n$ convergentes a alguna función $f$, que se podría decir $$ (**) \quad \quad \lim_{n\to \infty} ||f_n||_p = || \lim_{n\to \infty} f_n||_p = ||f||_p. $$ Entonces, ¿hay una diferencia entre el$(*)$$(**)$? No estamos autorizados a realizar la conmutación de los límites en $(**)$, aunque la norma es continua?
En una nota relacionada también siempre he pensado que podríamos hacer lo siguiente para una secuencia de funciones en un espacio de Hilbert: $$ \lim_{n\to \infty} \langle f_n, g \rangle = \langle \lim_{n\to \infty} f_n, g \rangle = \langle f, g \rangle. $$ Es esto también no es cierto?