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¿Bajo qué supuestos en un anillo no conmutativo R una suma directa contable de módulos R inyectivos de izquierda tiene necesariamente una dimensión inyectiva finita?
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Análogamente, ¿bajo qué supuestos sobre R un producto contable de módulos R de izquierda proyectivos tiene necesariamente una dimensión proyectiva finita?
Estas cuestiones se plantean en el estudio de las categorías coderivadas y contraderivadas de (CDG-)módulos o, si se desea, de las categorías de homotopía de complejos no acotados de módulos inyectivos o proyectivos.
Hay algunas condiciones suficientes obvias y otras menos obvias. Tanto para #1 como para #2, es claramente suficiente que R tenga una dimensión homológica izquierda finita.
Más interesante aún, en ambos casos basta con que R sea Gorenstein izquierda, es decir, tal que las clases de módulos R izquierdos de dimensión proyectiva finita y módulos R izquierdos de dimensión inyectiva finita coincidan.
Para #1, también basta con que R sea noetheriana izquierda. Para #2, basta con que R sea coherente derecho y tal que cualquier módulo plano izquierdo tenga una dimensión proyectiva finita.
¿Alguna otra condición suficiente?