Utilizando la definición dada por la wikipedia https://en.wikipedia.org/wiki/Partial_function una función parcial $f:X\nrightarrow Y$ es sólo una función $f:X'\to Y$ para algún subconjunto $X'\subseteq X$ análoga a la forma en que para una función definida categóricamente su imagen es algún subconjunto de su conjunto de codominio/objetivo. Sin embargo, dicen que una "transformación parcial" es una función parcial de un conjunto a sí mismo. Sin embargo, según esta descripción, yo podría definir una función parcial $f:X\cup Y\nrightarrow X\cup Y$ análoga a la anterior, añadiendo valores adicionales a los que no está definida o a los que no asigna, hasta que consiga una que asigne el mismo conjunto a sí mismo y que corresponda a una función idéntica $f:X'\to Y$ como lo hizo anteriormente.
Entonces, ¿me estoy perdiendo algo aquí? En resumen, parece que una función parcial es sólo una relación funcional equipada con dos conjuntos definidos externamente que sólo tienen que contener el dominio/imagen. Aunque como siempre podemos construir conjuntos externos iguales entre sí que satisfagan esto cuyas funciones asociadas sean las mismas, me parece que la distinción entre una función parcial y una transformación parcial es totalmente arbitraria. ¿Puede alguien aclararme esto? ¿En qué me he equivocado?