Recuerdo que alguna vez he visto estas dos definiciones de convergencia en alguna parte:
- Una secuencia $S_n$ converge a $s$ si $\forall m\in\mathbb{N}, \exists N$ tal que $\forall n>N,|S_n-s|<\frac{1}{m}$
- Una secuencia $S_n$ converge a $s$ si $\forall r\in\mathbb{R}>0, \exists N$ tal que $\forall n>N,|S_n-s|<r$ .
Mi pregunta es si en los reales esas dos definiciones son equivalentes o no. Supongo que lo son, pero no estoy seguro de la prueba. Saludos.