Estoy un poco confundido sobre cómo definimos formalmente los funtores en ciertos casos, concretamente cuando no hay una elección canónica para saber exactamente a qué objeto de la categoría de destino enviamos cada objeto de la categoría de origen. Esto suena un poco vago, así que voy a ir por medio de ejemplos.
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El functor $\operatorname{Hom}(\bullet,B)$ de la categoría de grupos abelianos a sí misma. No tengo ningún problema aquí; dado un grupo abeliano $A$ existe un conjunto bien definido $\operatorname{Hom}(A,B)$ al que se le da una estructura de grupo abeliano.
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El functor $\bullet \otimes B$ . Esto me da un poco más de problemas, ya que hay muchas formas equivalentes de definir el producto tensorial $A \otimes B$ . Formalmente un functor tiene que enviar $A$ a un grupo abeliano preciso, no a una clase de grupos abelianos. ¿Simplemente hacemos una elección arbitraria para cada uno de los posibles $A$ ¿y dar por terminado el día? Esto no me parece bien, pero como hay una forma específica de definir el producto tensorial (como cociente de un grupo abeliano libre), no me parece tan grave.
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Los funtores Ext y Tor. Estos plantean un verdadero problema para mí, ya que el grupo exacto que los funtores asignan a un par de grupos abelianos depende de la elección de la resolución libre (o inyectiva para el caso de Ext) que elijamos. Seguro que hay equivalencias canónicas entre todos los posibles grupos resultantes, pero no hay una forma canónica de elegir cada uno. Si se supone que un functor debe asignar un único objeto de destino a cada objeto de origen, ¿cómo hacemos esa elección?
Inicialmente pensaba que el axioma de elección podría permitirnos elegir un objeto objetivo arbitrario para cada objeto fuente, pero en general la clase de objetos ni siquiera es un conjunto, por lo que el axioma de elección sólo puede utilizarse para categorías pequeñas.