Funciona para cualquier anillo en el que a lo sumo un primo no sea invertible (en particular, funciona para cualquier campo). En otras palabras, si existe un homomorfismo de anillo Z(p)→R para algún primo p (donde Z(p) es el anillo de p -enteros locales), entonces Z puede sustituirse por R en el teorema de Rim.
La razón es la siguiente: Dejemos que H≤G y considerar el functor de restricción ResGH:RG-Mod→RH-Mod y su adjunto izquierdo IndGH:RH-Mod→RG-Mod. Entonces tenemos
Propuesta: Si |G:H| es invertible en R entonces el condominio de la adición IndGH⊣ResGH tiene un inverso derecho.
Prueba. Dejemos que E denotan el conjunto de cosets izquierdos de H en G . Para cada RG -M, defina αM:M→IndGHResGH(M)=RG⊗RHM por αM(m)=1|G:H|∑gH∈Eg⊗g−1m A partir de aquí es sencillo comprobar que αM están bien definidos, RG -lineal, natural en M y la transformación natural resultante α es un inverso de la derecha del conditio ε:IndGHResGH→1RG-Mod .
Corolario: Si |G:H| es invertible en R , entonces un RG -Módulo M es proyectiva si y sólo si ResGH(M) es proyectiva.
Prueba. Sólo si la dirección es clara. Si ResGH(M) es proyectiva, también lo es el módulo inducido IndGHResGH(M) que tiene un sumando directo isomorfo a M por la proposición anterior. Por lo tanto, M es proyectiva.
Ahora bien, si todos los primos que no sean p es invertible en R , dejemos que H∈Sylp(G) y aplicar el corolario anterior; obtenemos el análogo del teorema de Rim para R .