Dejemos que $X$ y $Y$ sean espacios topológicos. Sea $f: X \to Y$ sea un mapa continuo.
Recordemos que $f$ es un equivalencia débil de homotopía si $f$ induce isomorfismos de grupo isomorfismos en los grupos de homotopía, es decir $$\forall n \geq 1: \forall > x \in X: (\hat{f}: \pi_n(X, x) \to \pi_n(Y, f(x)): [p] \mapsto [f \circ p]) \text{ is an isomorphism}$$ y $f$ induce una biyección en el conjunto de componentes del camino, es decir $$(\hat{f}: \pi_0(X) \to \pi_0(Y): > [p] \mapsto [f(p)]) \text{ is a bijection}$$
Si restringimos el codominio a la imagen: $\hat{f}: X \to f(X)$ ¿sigue siendo una equivalencia débil de homotopía?
Esto me pareció un hecho elemental, pero al examinarlo más de cerca, no puedo decir si es cierto o no. Gracias por su ayuda.
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Obviamente, esto no es cierto. $f : S^1 \to \Bbb R^2 \setminus 0$ inmerso como una figura en ocho, un lóbulo envolviendo el origen. Esto es una equivalencia homotópica, pero la "corestricción" de la que hablas es un mapa $f : S^1 \to S^1 \vee S^1$ y no existe tal equivalencia homotópica débil.