Esta es una definición común de una función (por ejemplo, La Wiki sigue esta definición ):
A relación entre series $A$ y $B$ es cualquier subconjunto $R \subseteq A \times B$ . Decimos que esta relación es una función si satisface la propiedad $$ (a,b_1) \in R \text{ and }(a,b_2) \in R \implies b_1 = b_2 $$
Esta definición de función es buena para la mayoría de los propósitos. Ciertamente, podemos encontrar el dominio y el rango de una función definida de esta manera. También nos permite responder a preguntas como
¿Es el conjunto $\{(1,2),(2,5),(3,5)\}$ ¿una función? (respuesta: sí)
Con esta definición, podríamos pasar a definir el dominio y el rango de una función. Sin embargo, el problema de esta definición es que no incluye la noción de codominio. Esto supone un problema cuando queremos responder a una pregunta como
¿Son las funciones $f:\Bbb R \to \Bbb R$ dado por $f(x) = x^2$ y $g:\Bbb R \to [0,\infty)$ dado por $g(x) = x^2$ la misma función? (respuesta: no)
Por un lado, las "gráficas" de la función son las mismas. Si creemos que estas funciones son simplemente subconjuntos de un producto cartesiano, entonces deberíamos decir que $f = g$ ya que ambos son simplemente el conjunto $\{(x,x^2) : x \in \Bbb R\}$ . Por otro lado, nos gustaría decir que "la función $g$ es suryente, pero la función $f$ no es". Si la subjetividad es una propiedad de las funciones, entonces el hecho de que $f$ y $g$ no comparten esta propiedad debería significar que $f \neq g$ .
Entonces, ¿qué pasa? ¿Existe un escenario en el que ambas cuestiones estén bien planteadas? Si alguien tiene una referencia que maneje bien todo esto, se lo agradecería.
Editar: Aparentemente, la Wiki tiene una discusión sobre este tema aquí