Supongo que la pregunta es válida en contextos en los que podemos pegar inmersiones abiertas y morfismos propios para producir $f_!$ para $f$ separados de tipo finito. En particular, tendremos $f_!=f_\ast$ para $f$ adecuado.
Ajuste no derivado --- Si $f:X\rightarrow Y$ es adecuado, se puede preguntar si $f_\ast$ tiene un adjunto derecho. Obsérvese que, si $Y=\mathrm{Spec}(k)$ para un campo algebraicamente cerrado, entonces $f_\ast$ es esencialmente el functor de sección global sobre $X$ (si trabajamos con topologías razonables como Zariski, Nisnevich o étale). Esto sugiere que $f_\ast$ no tiene un adjunto derecho en general (si no, sería exacto, y esto diría que los esquemas propios no tienen ninguna cohomología interesante). Si $f$ es cuasi-compacto y cuasi-separado, entonces $f_\ast$ preserva los colímetros filtrados (este es el caso si $f$ es adecuado). De ahí que el obstáculo para $f_\ast$ para tener un adjunto derecho es sólo su exactitud izquierda. Todavía hay casos en los que $f_\ast$ tiene un adjunto a la derecha en el nivel de las láminas: cuando f es una inmersión cerrada (para la topología de Zariski), y cuando f es finita (para la topología de Nisnevich y para la topología de étale): la exactitud de $f_\ast$ se demuestra contemplando el comportamiento de $f_\ast$ en tallos de $Y$ Para la topología de Zariski, se utiliza que los puntos son los anillos locales, y que cualquier cociente de un anillo local es local; de forma similar, para la topología de Nisnevich (resp. étale), se utiliza el hecho de que los puntos son los anillos henselianos (resp. estrictamente henselianos), y que cualquier extensión finita de un anillo henseliano sigue siendo henseliana. Así que, en conclusión, parece que podemos esperar $f^!$ a existe cuando $f$ es una inmersión (para la topología de Zariski), o cuando $f$ es cuasi finito (para la topología Nisnevich o étale).
Ajuste derivado --- Como, para una inmersión abierta $j, j_!$ sigue siendo la extensión por cero, siempre tiene un adjunto derecho $j^\ast$ . El problema es entonces de nuevo obtener un adjunto de $f_!=f_\ast$ para $f$ adecuado. El problema es similar al del caso no derivado, salvo que el obstáculo es menor: como $f_\ast$ es un functor exacto entre categorías trianguladas bien generadas (en el sentido de Neeman; para ello tenemos que trabajar con complejos no nublados), $f_\ast$ tiene un adjunto derecho si y sólo si preserva las sumas directas pequeñas (esto es un ejemplo del teorema de representabilidad de Brown). Hay una buena condición suficiente para esto, que recordaré. Recordemos que un objeto $X$ en una categoría triangulada es compacta si, para cualquier número entero $n$ el functor $\mathsf{Hom}(X[n],-)$ conserva las pequeñas sumas directas. Una categoría triangulada $T$ es de generación compacta si admite sumas pequeñas, y si existe una familia generadora pequeña $G$ sur $T$ que consiste en objetos compactos (es decir, todos los elementos de $G$ son compactos en $T$ y para un objeto $M$ sur $T$ , uno tiene $M=0$ si $\mathsf{Hom}(X[n],M)=0$ para cualquier número entero $n$ y cualquier $X$ sur $G$ ). Una categoría triangulada generada de forma compacta es un ejemplo básico de una categoría triangulada bien generada. En particular, si $F:T\rightarrow T'$ es un functor entre categorías trianguladas de generación compacta, entonces tiene un adjunto derecho si preserva las sumas directas pequeñas. La buena noticia es que, para tal $F$ una condición suficiente para ello es la siguiente: supongamos que $F$ tiene un adjunto izquierdo $L:T'\rightarrow T$ y que existe una pequeña familia $G'$ de generadores compactos de $T'$ tal que $L$ envía los elementos de $G'$ a objetos compactos de $T$ . Entonces $F$ preserva las sumas directas pequeñas (por lo tanto, tiene un adjunto derecho).
Si volvemos a nuestro functor $f_\ast$ (con $f$ adecuada), una condición suficiente para $f^!$ para que exista es que nuestras categorías derivadas de láminas estén generadas de forma compacta y que las láminas representables formen una familia de generadores compactos: como $f^\ast$ obviamente preserva los representables, estas suposiciones dan la existencia de $f^!$ . En cuanto a las condiciones bajo las cuales los representables son compactos o no (que es una suposición de finitud sobre $X$ y $Y$ mismos), ya se han sugerido algunas condiciones suficientes aquí (el hecho de que los representables formen una familia generadora es obviamente siempre cierto).